Boletín de Estudios Económicos

ISSN 0006-6249 (Print)

ISSN 2951-6722 (Online)

DOI: https://doi.org/10.18543/bee

Vol. LXXVII Diciembre / December 2022 Núm. / No. 233

DOI: https://doi.org/10.18543/bee772332022

Haciendo realidad la revolución ASG / Making the ESG revolution a reality

Artículos

¿CÓMO OPINAN LOS AUDITORES DE LA INFORMACIÓN SOBRE SOSTENIBILIDAD?
UNA PROPUESTA NOVEDOSA DE INFORME DE VERIFICACIÓN EN EUROPA

HOW DO AUDITORS EXPRESS THEIR OPINION ON SUSTAINABILITY INFORMATION?
A NOVEL PROPOSAL FOR A VERIFICATION REPORT IN EUROPE

Dra. Estibaliz Goicoechea Zulaica

Dr. Fernando Gómez-Bezares Pascual

Dra. Leire Alcañiz González

Universidad de Deusto

doi: https://doi.org/10.18543/bee.2427

Recibido: 30 de abril de 2022
Aceptado: 30 de mayo de 2022
Publicado en línea: marzo de 2023

RESUMEN

La información sobre sostenibilidad y su credibilidad son objeto de un interés internacional creciente. La actual Directiva 2014/95/UE de información no financiera va a ser sustituida por la Directiva de información corporativa en materia de sostenibilidad con el objetivo de mejorar la comparabilidad, relevancia y credibilidad de la información no financiera reportada en el entorno europeo. En el presente artículo analizamos ambas Directivas, otras iniciativas internacionales en materia de información sobre sostenibilidad, así como la situación presente y futura de la verificación de dicha información. Además, proponemos un informe de auditoría novedoso para la información no financiera basado en una encuesta a auditores y usuarios en España. Nuestra propuesta puede mejorar la comunicación entre auditores y usuarios y favorecer la confianza de los grupos de interés en la información sobre sostenibilidad reportada.

Palabras clave: Directiva 2014/95/UE, propuesta Directiva, información sobre sostenibilidad, informe de auditoría, información no financiera.

ABSTRACT

Sustainability reporting and its credibility are subject of growing international interest. The Non-Financial Reporting Directive 2014/95/EU is going to be replaced by the Corporate Sustainability Reporting Directive with the aim of improving the comparability, relevance and credibility of non-financial information reported in the European framework. In this article we analyze both Directives, other international initiatives regarding sustainability information, as well as the present and future situation of the assurance of this information. In addition, we propose a novel audit report for non-financial information based on a survey of auditors and users in Spain. Our proposal can improve communication between auditors and users and increase stakeholders’ confidence on reported sustainability information.

Keywords: Directive 2014/95/EU, proposal for Directive, information on sustainability, audit report, non-financial information.

1. Introducción

La Directiva 2014/95/UE (“NFRD” por sus siglas en inglés)[1] (UE, 2014a) supuso un punto de inflexión en la apuesta de la Comisión Europea por la sostenibilidad, al abandonar esquemas voluntarios y obligar a determinadas empresas con impacto en la sociedad a emitir información ambiental, social y de gobernanza.

A pesar del indudable avance en el camino hacia la transparencia en asuntos no financieros que implicó la NFRD, también ha recibido numerosas críticas, especialmente en relación con la comparabilidad, fiabilidad y relevancia de la información no financiera reportada por las empresas (UE, 2020a). La Comisión Europea respondió a las limitaciones de la NFRD publicando en 2021 una propuesta de Directiva de información corporativa en materia de sostenibilidad (“CSRD” por sus siglas en inglés) (UE, 2021). La CSRD amplía el número de empresas que tendrán que reportar información sobre sostenibilidad y los asuntos sobre los que tendrán que informar. Además, introduce la obligatoriedad de verificar dicha información.

Otras iniciativas internacionales se han puesto en marcha también para mejorar la calidad y credibilidad de la información no financiera (Accountancy Europe, 2020a; IFRS Foundation, 2021), dos aspectos clave para garantizar la relevancia y aceptación generalizada de dicha información (Cheng et al., 2014). Si queremos potenciar las empresas sostenibles es preciso que los grupos de interés sepan hasta qué grado lo son, basándose en una información no financiera confiable, suficiente y asimilable.

El presente artículo persigue analizar la situación actual y futura de la información no financiera y su verificación en el ámbito europeo, así como proponer un novedoso informe de auditoría sobre la misma. Los actuales informes de aseguramiento de la información no financiera, poco comparables y poco estandarizados, generan desconfianza en los grupos de interés. La principal aportación del presente artículo es proponer un nuevo modelo de informe de auditores para la información no financiera que solucione los problemas mencionados anteriormente, incorporando, además, las preferencias de auditores y usuarios experimentados en España. Consideramos que tanto los auditores como los grupos de interés se beneficiarán de dicha propuesta al mejorar la transparencia sobre la calidad de la auditoría y de la información reportada por las empresas.

El artículo se estructura de la siguiente forma: tras esta breve introducción, el segundo apartado analiza la NFRD y sus mayores debilidades, así como las principales propuestas de la CSRD y otras iniciativas internacionales. A continuación, el tercer apartado desarrolla aspectos del aseguramiento de la información no financiera. Apoyándonos en un proyecto de investigación de la Deusto Business School (DBS[2]), proponemos un informe de auditoría sobre el informe integrado en el cuarto apartado. Por último, presentamos algunas ideas finales que nos parece interesante resaltar[3].

2. La información sobre sostenibilidad en el marco europeo

2.1. La actual normativa de información no financiera y sus principales debilidades

El convencimiento de la Comisión Europea de que la transparencia y comparabilidad en materia de información no financiera era crucial en la transición hacia una economía mundial sostenible (UE, 2014a, Considerando (3)), se tradujo en la obligatoriedad para determinadas empresas[4] en la Unión Europea de publicar un Estado de Información no Financiera (en adelante “EINF”) introducido por la Directiva 2014/95/UE. La NFRD identifica cuatro ámbitos de sostenibilidad (ambiental, social y laboral, humano y soborno y corrupción) respecto a los que requiere que las empresas divulguen información sobre su modelo de negocio, políticas, resultados, riesgos y gestión de los mismos, e indicadores clave de rendimiento. Dicha información se puede publicar como parte del informe de gestión o en un documento separado.

Pronto se identificaron debilidades en el modelo propuesto, que llevaron a la Comisión Europea a plantear una consulta pública en la que se reportaron tres deficiencias principales de la información no financiera: su comparabilidad, fiabilidad y relevancia (UE, 2020a).

Los siguientes aspectos de la NFRD han impedido la comparabilidad de los EINF de la Unión Europea. En primer lugar, la flexibilidad en la transposición de la NFRD a los ordenamientos jurídicos de los países miembros de la Unión Europea generó, desde el primer momento, diferencias entre los reportes no financieros de los países (La Torre et al., 2018). En segundo lugar, la NFRD no establece el uso obligatorio de ningún estándar o marco de reporting de información no financiera, sino que promulga que las empresas deben basarse en marcos nacionales, marcos de la Unión Europea o en uno de los marcos internacionales[5] de información no financiera reconocidos por la Federation of European Accountants (FEE) (FEE, 2015). Dentro de estos marcos internacionales destacamos dos multisectoriales con alcance global: los estándares del Global Reporting Initiative (GRI) (GRI, 2021a) y el informe integrado del International Integrated Reporting Council[6] (IIRC) (IIRC, 2021).

El GRI es una organización sin ánimo de lucro, creada en 1997, que dispone de una serie modular de estándares interrelacionados para que las empresas preparen sus reportes sobre sostenibilidad (GRI, 2021a). Los estándares GRI son el marco para reportar información sobre sostenibilidad más utilizado a nivel mundial y en España (García Sánchez et al., 2020; GRI, 2021b).

El informe integrado del IIRC, basado en el pensamiento integrado, aúna información financiera y no financiera en un único reporte conciso que detalla cómo crean valor las empresas a lo largo del tiempo (IIRC, 2021). Existe una tendencia de crecimiento en su uso en la Unión Europea (Stawinoga & Velte, 2017), entre las empresas del sector público (Biondi & Bracci, 2018) y entre las empresas N100[7] (KPMG, 2017).

Además de no determinar un marco de reporting, el formato “clásico” de reporte propuesto en la Directiva no cumple con los requisitos de la regulación de Formato Electrónico Único Europeo (“ESEF”[8], por sus siglas en inglés) (Dumay & Guthrie, 2017; UE, 2020a).

Asimismo, se critica que la NFRD no esté alineada con otras iniciativas en materia de sostenibilidad de la Unión Europea como la Regulación sobre Taxonomía (marco establecido para facilitar las inversiones sostenibles) y el Reglamento de divulgación de finanzas sostenibles (“SFDR” por sus siglas en inglés), entre otros. El SFDR requiere que las compañías que operan en el sector financiero informen sobre algunos aspectos de sostenibilidad, en especial, hasta qué punto sus inversiones en productos financieros son sostenibles.

Finalmente, otra de las deficiencias en la información no financiera reportada en los EINF era su credibilidad y fiabilidad. Desarrollaremos este aspecto en el apartado 3 del presente artículo.

2.2. Aportaciones de la propuesta de Directiva de información corporativa en materia de sostenibilidad

El 21 de abril de 2021, la Comisión Europea publicó una propuesta de Directiva de información corporativa en materia de sostenibilidad, que responde a las limitaciones y críticas del modelo planteado por la Directiva 2014/95/UE. El objetivo de la CSRD es conseguir que la información sobre sostenibilidad[9] sea completa, comparable y fiable y equipararla con la información financiera (UE, 2021). Está previsto que sea aplicable para los ejercicios económicos que empiezan a partir del 1 de enero de 2023.

La CSRD estará alineada con el SFDR y la Regulación sobre Taxonomía, para evitar duplicidades en los reportes de las empresas. En concreto, las empresas tendrán que informar en qué medida sus ventas, sus gastos operativos y sus inversiones son medioambientalmente sostenibles (UE, 2020b).

La CSRD extiende considerablemente el alcance de la obligatoriedad de emitir información no financiera a todas las sociedades anónimas consideradas grandes empresas (coticen o no), y a todas las que cotizan en mercados regulados, así como a todos los grandes bancos y sociedades aseguradoras (con independencia de su forma societaria) (UE, 2021), incrementándose el número de empresas afectadas en la Unión Europea de las 11.600 actuales a 49.000.

Asimismo, se ampliará la información a reportar por las empresas. Para los asuntos considerados materiales[10], las empresas tendrán que informar, además de sobre los asuntos contemplados en la actual normativa, sobre sus objetivos y estrategias, dar información retrospectiva y prospectiva, así como tratar asuntos de gobernanza y sobre la cadena de suministros. Adicionalmente, se requerirá que las empresas informen sobre los activos intangibles que no están reflejados en sus cuentas anuales. En concreto, la CSRD se refiere al capital intelectual, humano, social y relacional, pero también enfatiza la importancia de la información sobre proyectos de investigación y desarrollo (UE, 2021).

La CSRD obliga a incluir el EINF como parte del informe de gestión, eliminando así la actual opción de reportar el EINF como un documento separado.

Además, se requerirá que las empresas preparen sus reportes según la regulación ESEF, en un formato XHTML y etiquetando digitalmente su información, mediante la tecnología iXBRL[11], para que se pueda alimentar el Punto de Acceso Único Europeo. De esta manera la información no financiera será más transparente, comparable y homogénea y estará disponible de forma sencilla para todos los grupos de interés.

Desarrollamos los asuntos relacionados con la verificación de la información sobre sostenibilidad previstos en la CSRD en el apartado 3 del presente artículo.

2.3. Otras novedades en materia de información no financiera

Durante el último año y medio, además de la CSRD, se han puesto en marcha otras iniciativas con el objetivo de lograr la convergencia y armonización internacional de las normas de presentación de información sobre sostenibilidad.

El IIRC y el Sustainability Accounting Standards Board (SASB) anunciaron su fusión en junio de 2021 para formar la Value Reporting Foundation (en adelante, “VRF”). La fundación continúa impulsando un sistema de reporte más coherente que muestre cómo las empresas crean valor en el tiempo, basado en el pensamiento integrado, el Marco Internacional <IR> y los estándares de reporte SASB (VRF, 2021).

En noviembre de 2021, la Fundación IFRS (International Financial Reporting Standards) anunció la creación del Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (“ISSB”, por sus siglas en inglés). El objetivo del ISSB es desarrollar unos estándares de información sobre sostenibilidad que favorezcan reportes no financieros más transparentes, comparables y de alta calidad (IFRS Foundation, 2021). El ISSB ha emitido a finales de marzo de 2022 sus dos primeras propuestas de estándares de reporting de sostenibilidad[12] (ISSB, 2022a; ISSB, 2022b).

En marzo de 2022, la VRF y el Climate Disclosure Standards Board (CDSB) han anunciado su intención de integrarse bajo la Fundación IFRS para ayudar en el establecimiento del ISSB. Los principios del Marco Internacional <IR> servirán para interconectar los estándares IFRS y los futuros estándares de sostenibilidad (VRF, 2022). Este proyecto impulsará la importancia del informe integrado como futuro modelo de información corporativo.

Por su parte, el GRI y el ISSB han anunciado en marzo de 2022 su intención de colaborar para coordinar sus futuras acciones y armonizar el reporting de sostenibilidad a nivel internacional (GRI, 2022).

Esta breve descripción de algunas de las últimas novedades, cuando se escriben estas líneas, en materia de información sobre sostenibilidad muestra la relevancia y el interés internacional de estas cuestiones.

3. Relevancia del aseguramiento de la información no financiera en el entorno europeo

3.1. Situación actual y desafíos futuros

Los grupos de interés necesitan que la información no financiera sea veraz y fiable para poder tomar decisiones. Solo de esta manera dicha información será valorada por los mercados y se garantizará su supervivencia (Cheng et al., 2014; Miralles-Quirós et al., 2021). Conscientes de ello, las organizaciones informantes, comenzaron voluntariamente a solicitar el aseguramiento de la información no financiera, mucho antes de que fuera obligatorio (Simnett & Huggins, 2015). La crisis financiera de 2008 conllevó una pérdida de confianza en los mercados y en la información emitida por las empresas (Seguí-Mas et al., 2018), las cuales respondieron incrementando el aseguramiento externo. El porcentaje de empresas del G250[13] que verificaban los informes de Responsabilidad Corporativa aumentó entre 2008 y 2017 del 40% al 67% (KPMG, 2017).

La NFRD prevé que los auditores de las cuentas anuales comprueben que las empresas han facilitado el EINF y que éste cumple con el contenido mínimo requerido en la regulación (UE, 2014a). España, junto con Francia e Italia, incrementó los requisitos de aseguramiento de la información no financiera (Accountancy Europe, 2020b). Así, la Ley 11/2018 de información no financiera obliga a que un “prestador independiente de servicios de verificación” verifique la información contenida en el EINF (España, 2018, art.1). Sin embargo, ni la normativa europea, ni la española especifican el estándar, metodología o nivel de verificación requerido, lo que ha generado diferencias importantes en el aseguramiento de la información no financiera en los países europeos y ha dañado la credibilidad de la información reportada (Accountancy Europe, 2020b; Krasodomska et al., 2021).

La Unión Europea se hizo eco de las demandas de los grupos de interés de requisitos más estrictos en el aseguramiento, introduciendo en la CSRD la obligatoriedad de verificar la información sobre sostenibilidad (UE, 2020a; UE, 2021). En concreto, se pedirá que los auditores (u otros proveedores de servicios de verificación) aseguren si el reporte de sostenibilidad está realizado según los estándares europeos de reporte de sostenibilidad a desarrollar por el European Financial Reporting Advisory Group (EFRAG), la adecuación del proceso de determinación de la materialidad, el cumplimiento de las obligaciones de etiquetado de la información según la regulación ESEF y de los requerimientos del artículo 8 de la Regulación sobre Taxonomía (UE, 2021).

Aunque el objetivo a futuro es requerir en la CSRD un nivel de seguridad similar al de la información financiera, se comenzará solicitando seguridad limitada por la ausencia de “estándares generalmente aceptados de auditoría de información sobre sostenibilidad” (CE, 2021, párr. 28).

A pesar del indudable avance que supone la CSRD, existen numerosos retos a superar para que la información sobre sostenibilidad goce de las mismas garantías que la información financiera, entre otros, la calidad de la información no financiera, la inmadurez de los sistemas de control interno (y la consiguiente dificultad de los auditores para confiar en controles), aspectos metodológicos de la auditoría de la información sobre sostenibilidad o la complejidad del informe de los auditores sobre la verificación de la misma (De Villiers et al., 2014; Eccles et al., 2012; Goicoechea et al., 2020). Desarrollamos este último aspecto en el siguiente apartado.

3.2. El informe de verificación sobre la información no financiera

Como ocurre en la auditoría de las cuentas anuales, el único elemento observable para el usuario sobre el trabajo realizado en la verificación de la información de sostenibilidad es el informe del auditor (Carcello, 2012). Mejorar dicho informe es un elemento clave en el objetivo de aumentar su credibilidad y utilidad (IAASB, 2016; Venter & van Eck, 2021).

Los estándares más utilizados para verificar la información no financiera son el AA1000 Assurance Standard (AA1000AS) de Accountability (Accountability, 2008a) y el ISAE 3000 del International Auditing and Assurance Standards Board (IAASB) (IAASB, 2013). Estos dos estándares no son sustitutivos entre sí, sino más bien complementarios a la hora de verificar la información sobre sostenibilidad (Simnett, 2012).

El estándar AA1000AS comprueba la efectiva aplicación de los principios de la norma AA1000AP de Accountability (i.e. inclusividad, relevancia, capacidad de respuesta e impacto) (Accountability, 2008b). Permite evaluar y obtener conclusiones sobre el desempeño de las empresas en materia de sostenibilidad, más allá de la simple verificación de los datos contenidos en los informes.

El estándar más utilizado en España para verificar la información contenida en el EINF y a nivel mundial para verificar información sobre sostenibilidad es el ISAE 3000 (Miralles-Quirós et al., 2021; Simnett, 2012). Dicho estándar establece los principios básicos para la realización por parte de los auditores de trabajos diferentes a la revisión de la información financiera histórica y puede cubrir encargos tan dispares como la revisión de la efectividad de sistemas de control interno, o el aseguramiento de información no financiera.

La norma ISAE 3000 no establece un formato estandarizado para el informe del auditor, sino los elementos clave, que este debe contener[14], lo que dificulta la comparación de los informes y la toma de decisiones.

La mayoría de los informes de verificación de información no financiera se emiten con seguridad limitada, aunque la norma ISAE 3000 prevé que también se puedan emitir con seguridad razonable[15]. Los trabajos con seguridad limitada tienen una extensión y profundidad menor a los de seguridad razonable. Las conclusiones se expresan de forma negativa, concluyendo que, basándose en los procedimientos realizados, y en las evidencias obtenidas, no se ha puesto nada de manifiesto que haga creer a los verificadores que la información no financiera no ha sido preparada según la normativa de referencia (IAASB, 2013).

Consideramos que el grado de seguridad de los informes de auditores sobre la información no financiera debería ser razonable, debido a la importancia de la misma para los grupos de interés, y su interconexión con la información financiera, (Accountancy Europe, 2020a; Eccles et al., 2012; Goicoechea et al., 2019).

La existencia de diferentes informes sobre el aseguramiento de la información sobre sostenibilidad, en función del estándar usado por el verificador, y de los objetivos, alcance y criterio de la verificación, genera desconfianza en los usuarios (Miralles-Quirós et al., 2021). Por esta razón, proponemos en el siguiente apartado un informe de auditoría sobre la información no financiera con unos apartados y contenidos más unificados (pero evitando la excesiva estandarización (Mock et al., 2013)), que faciliten la comparabilidad de los mismos.

4. Una propuesta novedosa de informe de auditoría sobre la información no financiera

4.1. Antecedentes

El equipo de investigación en Finanzas de la DBS realizó en 2016 una encuesta a 212 auditores y usuarios de informes de auditoría (en adelante “usuarios”) experimentados en España. Ante la obligatoriedad para determinadas empresas de reportar información no financiera en la Unión Europea y la convicción de que el informe integrado del IIRC sería un buen modelo de información corporativa en el futuro, se preguntó a los encuestados, entre otras cuestiones, sobre el formato y el contenido de un posible informe de auditoría sobre el informe integrado (Goicoechea et al., 2019). Además, se propuso a los encuestados diferentes ítems de información que se podrían incorporar al informe de auditoría sobre las cuentas anuales para incrementar su valor para la toma de decisiones (Goicoechea et al., 2021).

El informe de auditoría que proponemos a continuación se basa en el análisis de las respuestas de la encuesta. Los encuestados deseaban dos informes de auditoría separados para la información financiera y la no financiera reportada por las empresas. En relación con el formato, proponemos una estructura similar (reconocible para los usuarios) a la prevista para los informes de auditoría sobre las cuentas anuales en la actual NIA-ES 700[16] (ICAC, 2021). En cuanto al contenido, se consideran, además de las preferencias mostradas por los encuestados, los últimos avances en materia de información no financiera, detallados en el apartado 2.3. Hemos incluido los ítems que, de manera consensuada, deseaban incluir los encuestados en el informe de auditoría sobre las cuentas anuales, ya que entendemos que también son de aplicación a los futuros informes de aseguramiento de la información sobre sostenibilidad.

La encuesta se refería al informe integrado del IIRC, por lo que nuestra propuesta de informe de auditoría hace mención al mismo. Consideramos que es sencillo modificarlo ligeramente para adaptarlo al EINF previsto en la actual normativa española o a los futuros reportes de sostenibilidad de la CSRD. En las novedades en materia de información no financiera descritas en el apartado 2.3. hemos destacado que el informe integrado sigue avanzado en su consolidación como futuro modelo de reporting corporativo para conectar la información financiera y no financiera (IIRC, 2020; VRF, 2022).

4.2. Nuestra propuesta de informe de auditoría para la información no financiera

Dado que los encuestados preferían dos informes de auditoría, el que presentamos está centrado en la información no financiera. Proponemos el siguiente contenido en cada uno de los apartados.

(1) Opinión

El primer párrafo haría mención al informe integrado que ha sido auditado, indicando su fecha.

El segundo párrafo, el de la opinión, expresaría la conclusión de los auditores, con seguridad razonable, sobre si el informe integrado presenta, en todos los aspectos significativos, la imagen fiel de la sostenibilidad de la empresa y de su capacidad para crear valor a lo largo del tiempo. Además, los auditores opinarían sobre la calidad del sistema de control interno[17] sobre la información no financiera. De esta manera se atiende a la preocupación sobre su inmadurez (Baumüller & Grbenic, 2021; Cohen & Simnett, 2014).

(2) Fundamento de la opinión

Este apartado sería similar al previsto para el informe de auditoría de cuentas anuales según la NIA-ES 700 (ICAC, 2021), sustituyendo las referencias a las cuentas anuales por el informe integrado.

(3) Cuestiones claves de auditoría

Proponemos que los auditores den un detalle de las cuestiones clave de auditoría según la NIA-ES 701[18] (ICAC, 2016), referidas a la información no financiera contenida en el informe integrado. De esta manera los grupos de interés tendrían información más transparente y menos estandarizada sobre la auditoría realizada. En este apartado se mencionarían las limitaciones inherentes al informe integrado.

(4) Responsabilidad de los administradores en relación con el informe integrado y el sistema de control interno

El primer párrafo de este apartado explicaría que los administradores son los responsables de formular el informe integrado para que este muestre la imagen fiel de la sostenibilidad de la empresa de conformidad con el marco normativo de referencia. Además, incluiría un enlace a la página web de la entidad, donde se describan los procedimientos implantados por la empresa para prevenir fraudes o actos ilícitos y se detalle la responsabilidad de la entidad con respecto al mantenimiento de un control interno efectivo sobre la información no financiera, así como la evaluación por parte de la sociedad de la eficacia del mismo.

El segundo párrafo mencionaría que los administradores son responsables de la valoración de la capacidad de la empresa para crear valor a lo largo del tiempo.

(5) Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría del informe integrado

El primer párrafo de este apartado detallaría que los objetivos de los auditores son obtener seguridad razonable de que el informe integrado está libre de incorrección material, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que contenga su opinión.

El segundo párrafo explicaría qué se entiende por seguridad razonable y cuándo se considera que las incorrecciones son materiales.

El tercer párrafo describiría las responsabilidades del auditor, como en el informe de auditoría de las cuentas anuales, con las lógicas adaptaciones a la verificación del informe integrado. A continuación (o bien en un anexo) se detallarían los trabajos realizados para auditar la información no financiera.

Considerando la información que los encuestados deseaban añadir al informe de auditoría de las cuentas anuales (Goicoechea et al., 2021), esta sección incluiría, además, la siguiente información: una descripción del origen de los principales errores detectados durante la auditoría, las conclusiones del auditor sobre las estimaciones y juicios realizados por la dirección en el informe integrado, una evaluación de la conveniencia de las políticas y prácticas de reporting no financiero del cliente, los comentarios del auditor sobre hechos inusuales, reformulaciones y otros cambios significativos acaecidos durante el período auditado y una descripción explícita de la responsabilidad del auditor con respecto al fraude. A este respecto, proponemos la inclusión de la siguiente explicación: “El trabajo de auditoría no tiene como objetivo específico detectar fraudes de todo tipo y cuantía que puedan haberse cometido y, por tanto, no se puede esperar que sea uno de sus resultados. Sin embargo, si durante el transcurso de nuestro trabajo hubiésemos detectado indicios o existencia de fraude, estamos obligados a comunicarlo” (Goicoechea et al., 2021, p. 17). Esta información puede ayudar a que no se genere un gap de expectativas[19] en relación a la verificación de la información no financiera, como existe con la información financiera (Akther & Xu, 2020; Church et al., 2008; Porter, 1993).

(6) Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios – Formato electrónico único europeo

Proponemos un contenido para este apartado similar al previsto en la última actualización de la NIA-ES 700 (ICAC, 2021), que haría referencia a las comprobaciones de los auditores en relación con el cumplimiento de los requerimientos de formato y etiquetado ESEF previstos en la CSRD.

La tabla 1 resume el contenido de nuestra propuesta de informe de auditoría sobre el informe integrado.

Tabla 1

Contenido de nuestra propuesta de informe de auditoría sobre el informe integrado

Apartado del informe de auditoría según la NIA-ES 700 (ICAC, 2021)

Contenido de cada apartado

(1)Opinión

Primer párrafo: mención al informe integrado auditado y su fecha

Segundo párrafo: conclusión del auditor sobre si el informe integrado muestra la imagen fiel de la sostenibilidad de la empresa y sobre la calidad del SCIINF

(2)Fundamento de la opinión

Contenido similar al previsto en la NIA-ES 700 (ICAC, 2021) con referencias al informe integrado

(3)Cuestiones claves de auditoría

Información según NIA-ES 701 (ICAC, 2016) referida a la información no financiera

(4)Responsabilidad de los administradores en relación con el informe integrado y el sistema de control interno

Primer párrafo: descripción de la responsabilidad de los administradores de formular el informe integrado; enlace a la descripción de los procedimientos de la empresa para la prevención de fraudes, a la descripción de la responsabilidad de la entidad de mantener un SCIINF efectivo y a la evaluación de la sociedad de la calidad del mismo

Segundo párrafo: mención a la responsabilidad de los administradores de valorar la capacidad de la empresa para crear valor a lo largo del tiempo

(5)Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría del informe integrado

Primer párrafo: descripción de los objetivos de los auditores

Segundo párrafo: definición de seguridad razonable e incorrecciones materiales

Tercer párrafo: descripción de las responsabilidades del auditor y detalle de los trabajos realizados para auditar la información no financiera

Cuarto párrafo: origen de los principales errores, conclusiones del auditor sobre estimaciones y juicios de la dirección en el informe integrado, evaluación sobre las políticas de reporting no financiero, comentarios del auditor sobre cambios significativos y hechos inusuales, descripción explícita de la responsabilidad del auditor con respecto al fraude

((6)Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios – Formato electrónico único europeo

Contenido similar al previsto en la NIA-ES 700 (ICAC, 2021) con referencia a los requerimientos de la CSRD

Fuente: Elaboración propia.

4.3. La aportación de valor de nuestra propuesta

El informe de auditoría sobre el informe integrado propuesto responde a los nuevos modelos de información no financiera apoyados por diferentes iniciativas internacionales y a la necesidad urgente de que dicha información sea tan fiable como la financiera. En comparación con los informes de auditores emitidos habitualmente en nuestro país para verificar el EINF, el informe propuesto tiene múltiples ventajas, que pueden ayudar a mejorar la confianza de los grupos de interés en la información no financiera. El nivel de seguridad es razonable, la conclusión se expresa de manera positiva y la estructura y contenido son similares a los del informe de auditoría sobre las cuentas anuales. De esta manera se equipara en credibilidad la información no financiera a la financiera. Además, se incorporan algunas demandas, desatendidas por la legislación, expresadas por los grupos de interés en relación con el informe de auditoría para las cuentas anuales (De Villiers et al., 2012; MARC, 2011; Vanstraelen et al., 2012). En nuestra opinión, son también de aplicación al informe de verificación de la información no financiera.

5. Conclusiones

La Unión Europea está decidida a convertirse en el líder mundial en el ámbito de la sostenibilidad. Con este objetivo ha publicado una propuesta de Directiva de información corporativa en materia de sostenibilidad que pretende enmendar las debilidades de la actual legislación europea en materia de información no financiera, la Directiva 2014/95/UE. En especial, se persigue mejorar la comparabilidad, relevancia y credibilidad de la información sobre sostenibilidad de las empresas europeas. Con este objetivo, se han encargado al EFRAG unos estándares para informes de sostenibilidad en la Unión Europea que hagan la información más comparable. Además, la información estará disponible en el Punto de Acceso Único Europeo. Por otro lado, ha aumentado el número de empresas que deben informar, así como la información a reportar por las mismas. Por último, con el objetivo de incrementar la credibilidad de la información sobre sostenibilidad, la propuesta de Directiva obliga a que dicha información se verifique.

Estamos convencidos que la CSRD supondrá un importante avance en la mejora de la calidad y fiabilidad de la información sobre sostenibilidad en el entorno europeo, aunque siguen existiendo numerosos retos por resolver.

Sería deseable que el EFRAG se coordinase con otros organismos que están elaborando estándares de reporting de información sobre sostenibilidad, especialmente el ISSB, para evitar diferencias entre los reportes a nivel internacional y un incremento de costes para las empresas europeas.

En relación a la credibilidad de la información, tienen que desarrollarse unos estándares de auditoría para la información sobre sostenibilidad que ayuden a los auditores en la difícil tarea de asegurar dicha información. Sin esos estándares, la CSRD no podrá exigir seguridad razonable en dicha verificación. Además, el informe de los auditores sobre la verificación de la información sobre sostenibilidad tiene que ser mejorado. En este sentido, apoyándonos en un proyecto de investigación de la DBS, proponemos un novedoso informe de auditoría sobre el informe integrado. Nuestra propuesta tiene un formato y contenido similares al informe de auditoría de las cuentas anuales, aporta seguridad razonable y se basa en el consenso entre auditores y usuarios. Estas características pueden contribuir a una mayor transparencia sobre el trabajo realizado por los auditores en la verificación de la información no financiera, a una mejor comparabilidad de los informes de auditores y a una mayor confianza por parte de los grupos de interés en la información reportada.

Referencias[20]

Accountability. (2008a). AA1000 AccountAbility Assurance Standard. https://www.accountability.org

Accountability. (2008b). AA1000 AccountAbility Principles Standard. https://www.accountability.org

Accountancy Europe. (2020a). Setting up for high-quality non-financial Information Assurance in Europe. https://www.accountancyeurope.eu/publications/setting-out-high-quality-non-financial-information-assurance-in-europe/

Accountancy Europe. (2020b). Towards reliable Non financial Information across Europe. https://www.accountancyeurope.eu/wp-content/uploads/Accountancy-Europe-Towards-reliable-non-financial-information-in-EU_1.pdf

Akther, T., & Xu, F. (2020). Existence of the Audit Expectation Gap and Its Impact on Stakeholders’ Confidence: The Moderating Role of the Financial Reporting Council. International Journal of Financial Studies 8(1), 4. https://doi.org/10.3390/ijfs8010004

Baumüller, J., & Grbenic, S. (2021). Moving from non-financial to sustainability reporting: analyzing the EU Commission’s proposal for a Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD). Facta Universitatis Series: Economics and Organization18(4), 369-381. https://doi.org/10.22190/FUEO210817026B

Biondi, L., & Bracci, E. (2018). Sustainability, Popular and Integrated Reporting in the Public Sector: A Fad and Fashion Perspective. Sustainability, 10(9), 3112. https://doi.org/10.3390/su10093112

Carcello, J.V. (2012). What do investors want from the standard audit report? Results of a survey of investors conducted by the PCAOB’s investor advisory group. The CPA Journal, 82(1), 22–28. https://search.proquest.com/docview /923404666?

Cheng, M., Green, W., Conradie, P., Konishi, N., & Romi, A. (2014). The International Integrated Reporting Framework: Key Issues and Future Research Opportunities. Journal of International Financial Management & Accounting, 25(1), 90–119. https://doi.org/10.1111/jifm.12015

Church, B.K., Davis, S.M., & McCracken, S.A. (2008). The auditor’s reporting model: a literature overview and research synthesis. Accounting Horizons, 22(1), 69–90. https:// doi.org/10.2308/acch.2008.22.1.69

Cohen, J.R., & Simnett, R. (2015). CSR and Assurance Services: A Research Agenda. Auditing: A Journal of Practice & Theory, 34(1), 59–74. https://ssrn.com/abstract=2463837

Comisión Europea (CE). (2021). Questions and Answers: Corporate Sustainability Reporting Directive proposal. https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/en/QANDA_21_1806

Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). (2013). Circular 5/2013, de 12 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que establece los modelos de informe anual de gobierno corporativo de las sociedades anónimas cotizadas, de las cajas de ahorros y de otras entidades que emitan valores admitidos a negociación en mercados oficiales de valores. (BOE núm. 150, de 24 de junio de 2013), pp.129833-129854. https://www.boe.es/buscar/pdf/2013/BOE-A-2013-6805-consolidado.pdf

De Villiers, C., Rinaldi, L., & Unerman, J. (2014). Integrated Reporting: Insights, gaps and an agenda for future research. Accounting, Auditing & Accountability Journal, 27(7), 1042–1067. https://doi.org/10.1108/AAAJ-06-2014-1736

Dumay, J., & Guthrie, J. (2017). Involuntary disclosure of intellectual capital: is it relevant?. Journal of Intellectual Capital, 18(1), 29-44. https://doi.org/10.1108/JIC-10-2016-0102

Eccles, R.G., Krzus, M.P., & Watson, L.A. (2012). Integrated Reporting Requires Integrated Assurance. In J. Oringel (Ed.), Effective Auditing for Corporates: Key Developments in Practice and Procedures (161-178). Bloomsbury Information Ltd.

España. Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de cuentas. Boletín Oficial del Estado, 173, de 21 de julio de 2015). https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-8147

España. Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad. ( Boletín Oficial del Estado, 314, de 29 de diciembre de 2018), pp.129833-129854. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-17989

Federation of European Accountants (FEE). (2015). The future of Corporate Reporting. https://www.accountancyeurope.eu/publications/future-corp-rep/

García Sánchez, I. M., Martín Zamora, M. P., & Rodríguez Ariza, L. (2020). La obligación de ser socialmente transparente: el estado de información no financiera. Revista de Contabilidad y Tributación, 443, 155-192. https://doi.org/10.51302/rcyt.2020.3571

Global Reporting Initiative (GRI). (2021a). GRI Standards. https://www.globalreporting.org

Global Reporting Initiative (GRI). (2021b). We are GRI. https://www.globalreporting.org

Global Reporting Initiative (GRI). (2022). IFRS Foundation and GRI to align capital market and multi-stakeholder standards. https://www.globalreporting.org/about-gri/news-center/ifrs-foundation-and-gri-to-align-capital-market-and-multi-stakeholder-standards/

Goicoechea, E., Gómez-Bezares, F., & Ugarte, J. V. (2019). Integrated reporting assurance: Perceptions of auditors and users in Spain. Sustainability, 11(3), 713-732. https://doi.org/10.3390/su11030713

Goicoechea, E., Gómez-Bezares, F., & Goitia-Berriozabal, L. (2020). Novedades y retos en materia de información no financiera y auditoría. Boletín de Estudios Económicos, 75(230), 321-350.

Goicoechea, E., Gómez-Bezares, F., & Ugarte, J. V. (2021). Improving Audit Reports: A Consensus between Auditors and Users. International Journal of Financial Studies, 9(2), 25. https://doi.org/10.3390/ijfs9020025

Goicoechea, E. (2022). Una propuesta de informe de auditoría en España. Necesidades detectadas y nuevos modelos de información corporativa. (Tesis doctoral pendiente de publicar en Internet). Universidad de Deusto.

Gómez-Bezares, F., & Goicoechea, E. (2013): El futuro modelo de información corporativa. ¿Deben opinar los auditores sobre el informe integrado? Revista Visión Contable, (11), Enero-diciembre, 229-264.

Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC). (2016). Norma Internacional de Auditoría (NIA-ES) 701. Cuestiones Claves de Auditoría. http://www.icac.gob.es

Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC). (2021). Norma Internacional de Auditoría (NIA-ES) 700 (revisada). Formación de la Opinión y Emisión del Informe de Auditoría sobre los Estados Financieros. http://www.icac.gob.es

International Auditing and Assurance Standards Board (IAASB). (2011). Enhancing the value of auditor reporting: Exploring options for change. https://www.ifac.org/system/files/publications/ exposure-drafts/CP_Auditor_Reporting-Final.pdf

International Auditing and Assurance Standards Board (IAASB). (2013). International Standard on Assurance Engagements (ISAE) 3000 (revised): Assurance Engagements other than audits or reviews of historical financial information. https://www.ifac.org/_flysystem/azure-private/publications/files/ISAE%203000%20Revised%20-%20for%20IAASB.pdf

International Auditing and Assurance Standards Board (IAASB). (2016). Supporting Credibility and Trust in Emerging Forms of External Reporting: Ten Key Challenges for Assurance Engagements. https://www.ifac.org/system/files/publications/files/IAASB-Discussion-Paper-Integrated-Reporting_0.pdf

International Financial Reporting Standards (IFRS) Foundation. (2021). About the International Sustainability Standards Board. https://www.ifrs.org/groups/international-sustainability-standards-board/

International Integrated Reporting Council (IIRC). (2020). Statement of Intent to Work Together Towards Comprehensive Corporate Reporting. https://integratedreporting.org/resource/statement-of-intent-to-work-together-towards-comprehensive-corporate-reporting/

International Integrated Reporting Council (IIRC). (2021). International <IR> Framework (Revised). https://www.integratedreporting.org/resource/international-ir-framework/

International Sustainability Standards Board (ISSB). (2022a). [Draft] IFRS S1 General Requirements for Disclosure of Sustainability-related Financial Information. https://www.ifrs.org/content/dam/ifrs/project/general-sustainability-related-disclosures/exposure-draft-ifrs-s1-general-requirements-for-disclosure-of-sustainability-related-financial-information.pdf

International Sustainability Standards Board (ISSB). (2022b). [Draft] IFRS S2 Climate-related Disclosures. https://www.ifrs.org/content/dam/ifrs/project/climate-related-disclosures/issb-exposure-draft-2022-2-climate-related-disclosures.pdf

KPMG. (2017). The Road Ahead. The KPMG Survey of Corporate Responsibility Reporting 2017. https://assets.kpmg.com/content/dam/kpmg/xx/pdf/2017/10/kpmg-survey-of-corporate-responsibility-reporting-2017.pdf

Krasodomska, J., Simnett, R., & Street, D. L. (2021). Extended external reporting assurance: Current practices and challenges. Journal of International Financial Management & Accounting32(1), 104-142. https://doi.org/10.1111/jifm.12127

La Torre, M., Sabelfeld, S., Blomkvist, M., Tarquinio, L., & Dumay, J. (2018). Harmonising non-financial reporting regulation in Europe. Meditari Accountancy Research, 26(4), 598-621. https://doi.org/10.1108/MEDAR-02-2018-0290

Maastricht Accounting Auditing and Information Management Research Center (MARC). (2011). A framework for extended audit reporting. https://www.accaglobal.com/gb/en/technical-activities/technical-resources-search/2011/july/extended-audit-reporting.html

Miralles-Quirós, M. M., Miralles-Quirós, J. L., & Daza-Izquierdo, J. (2021). The assurance of sustainability reports and their impact on stock market prices. Cuadernos de Gestión, 21(1), 47-60. https://doi.org/10.5295/cdg.201262mm

Mock, T. J., Bédard, J., Coram, P., Davis, S., Espahbodi, R., & Warne, R. (2013). The audit reporting model: Current research synthesis and implications. Auditing: A Journal of Practice & Theory, 32(1), 323–51. https://doi.org/10.2308/ajpt-50334

Porter, B. (1993). An empirical study of the audit expectation-performance gap. Accounting and Business Research, 24(93), 49–68. https://doi.org/10.1080/00014788.1993.9729463

Seguí-Mas, E., Polo-Garrido, F., & Bollas-Araya, H. M. (2018). Sustainability assurance in socially-sensitive sectors: A worldwide analysis of the financial services industry. Sustainability10(8), 2777. https://doi.org/10.3390/su10082777

Simnett, R. (2012). Assurance of sustainability reports: Revision of ISAE 3000 and associated research opportunities. Sustainability Accounting, Management and Policy Journal, 3(1), 89-98. https://doi.org/10.1108/20408021211223570

Simnett, R., & Huggins, A.L. (2015). Integrated reporting and assurance: where can research add value? Sustainability Accounting, Management and Policy Journal, 6(1), 29–53. https://doi.org/10.1108/SAMPJ-09-2014-0053

Stawinoga, M., & Velte, P. (2017). Empirical Evidence of the Disclosure and Assurance of Integrated Reporting - A Content Analysis of the IIRC Examples Database. Social Science Research Network: Rochester, NY.

Unión Europea (UE). (2014a). Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos. Diario Oficial de la Unión Europea L 330. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32014L0095

Unión Europea (UE. (2014b). Directiva 2014/56/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014 por la que se modifica la Directiva 2006/43/CE relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas. Diario Oficial de la Unión Europea L 158/196. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32014L0056&from=RO

Unión Europea (UE). (2020a). Summary Report on the Public Consultation on the Review of the Non-Financial Reporting Directive, 20 February 2020 – 11 June 2020. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/PDF/?uri=PI_COM:Ares(2020)3997889&from=EN

Unión Europea (UE). (2020b). Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2020-80947

Unión Europea (UE). (2021). Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifican la Directiva 2013/34/UE, la Directiva 2004/109/CE, la Directiva 2006/43/CE y el Reglamento (UE) n.º 537/2014, por lo que respecta a la información corporativa en materia de sostenibilidad. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52021PC0189&from=ES

Value Reporting Foundation (VRF). (2021). IIRC and SASB form the Value Reporting Foundation. https://www.valuereportingfoundation.org/news/iirc-and-sasb-form-the-value-reportingfoundation-providing-comprehensive-suite-oftools-to-assess-manage-and-communicate-value/

Value Reporting Foundation (VRF). (2022). Integrated Reporting Framework and the IFRS Foundation. https://www.integratedreporting.org/news/integrated-reporting-articulating-a-future-path/

Vanstraelen, A., Schelleman, C., Meuwissen, R., & Hofmann, I. (2012). The Audit Reporting Debate: Seemingly Intractable Problems and Feasible Solutions. European Accounting Review, 21(2), 193–215. https://doi.org/10.1080/09638180.2012.687506

Venter, E. R., & van Eck, L. (2021). Research on extended external reporting assurance: Trends, themes, and opportunities. Journal of International Financial Management & Accounting, 32(1), 63-103. https://doi.org/10.1111/jifm.12125

Anexo I: siglas

AA: AccountAbility

AA1000AP: AA1000 Accountability Principles

AA1000AS: AA1000 Assurance Standard

BEE: Boletín de Estudios Económicos

CDSB: Climate Disclosure Standards Board

CE: Comisión Europea

CNMV: Comisión Nacional del Mercado de Valores

CSRD: Corporate Sustainability Reporting Directive

DBS: Deusto Business School

EFFAS: European Federation of Financial Analysts Societies

EFRAG: European Financial Reporting Advisory Group

EINF: Estado de Información No Financiera

ESEF: European Single Electronic Format

EU: European Union

FEE: Federation of European Accountants (anteriormente: Fédération des Experts-comptables Européens)

GRI: Global Reporting Initiative

IAASB: International Auditing and Assurance Standards Board

ICAC: Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas

IFRS: International Financial Reporting Standards

IIRC: International Integrated Reporting Council

IR: Integrated Reporting

ISAE: International Standard on Assurance Engagements

ISO: International Standards Organisation

ISSB: International Sustainability Standards Board

IWESGV: International Workshop on Environmental, Social and Governance Values

iXBRL: inline eXtensive Business Reporting Language

MARC: Maastricht Accounting Auditing and Information Management Research Center

NFRD: Non-Financial Reporting Directive

NIA-ES: Norma Internacional de Auditoría para su aplicación en España

OECD: Organisation for Economic Co-Operation and Development

SASB: Sustainability Accounting Standards Board

SCIIF: Sistema de Control Interno sobre la Información Financiera

SCIINF: Sistema de Control Interno sobre la Información No Financiera

SFDR: Sustainable Finance Disclosure Regulation

UE: Unión Europea

UNGC: United Nations Global Compact

VRF: Value Reporting Foundation

XHTML: eXtensible HyperText Markup Language


[1] Para facilitar al lector la lectura del artículo, donde aparecen numerosas siglas, hemos preparado el anexo I con el significado de las mismas.

[2] Proyecto realizado dentro del equipo de investigación en Finanzas y que ha dado lugar a las siguientes publicaciones: Goicoechea et al., 2019, Goicoechea et al., 2020, Goicoechea et al., 2021, Gómez-Bezares y Goicoechea, 2013, así como a la tesis doctoral: Goicoechea, 2022.

[3] Este artículo fue redactado para su presentación en el congreso International Workshop on ESG Values (IWESGV) y presentado el 9 de junio de 2022. El envío para su publicación en el Boletín de Estudios Económicos (BEE) se realizó el 30 de abril de 2022. Algunas referencias temporales deben leerse en este contexto.

[4] La NFRD aplica a las entidades de interés público con más de 500 empleados. En la práctica incluye a grandes compañías cotizadas, y grandes bancos y aseguradoras (cotizados o no), con más de 500 empleados (UE, 2014a).

[5] Se trata de los emitidos por el Global reporting Initiative (GRI), el International Integrated Reporting Council (IIRC), el Sustainability Accounting Standards Board (SASB), AccountAbility (AA), la United Nations Global Compact (UNGC), la Organisation for Economic Co-Operation and Development (OECD), la European Federation of Financial Analysts Societies (EFFAS) y la International Standards Organisation (ISO).

[6] En la actualidad Value Reporting Foundation.

[7] N100 hace referencia “a la muestra de 4.900 compañías que comprenden las top 100 compañías según el nivel de ingresos en los 49 países analizados en el estudio” (KPMG, 2017, p.2).

[8] La Directiva 2013/50/UE requiere que los emisores de valores admitidos a negociación en un mercado regulado de la Unión Europea reporten sus estados financieros anuales utilizando el formato XHTML (eXtensible HyperText Markup Language) para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2020, así como las notas de la memoria a partir del 1 de enero de 2022.

[9] La CSRD sustituye el término “información no financiera” por el de “información sobre sostenibilidad”. En este artículo utilizamos indistintamente ambos términos, por ser el primero todavía de uso extendido en la literatura científica y en la Directiva 2014/95/UE. Tampoco distinguimos entre auditoría, aseguramiento o verificación de la información no financiera. Somos conocedores de que la actual legislación española y europea en materia de auditoría, excluye del término “auditoría” la revisión de la información no financiera (España, 2015; UE, 2014b).

[10] La CSRD refuerza el principio de “doble significatividad”, ya previsto en la NFRD. Las empresas deberán informar “sobre la manera en que las cuestiones de sostenibilidad afectan a sus resultados, situación y evolución (perspectiva “de fuera a dentro”), como sobre su impacto en las personas y el medio ambiente (perspectiva de “dentro a fuera”)” (UE, 2021, p.1).

[11] inline eXtensive Business Reporting Language.

[12] Exposure Draft IFRS S1General Requirements for Disclosure of Sustainability-related Financial Information” y Exposure Draft IFRS S2Climate-related Disclosures”.

[13] G250 se refiere a las 250 empresas más grandes del mundo (por ingresos) según el índice Fortune 500 de 2016 (KPMG, 2017).

[14] Título, destinatarios, objeto del encargo, criterios de preparación de la información verificada, responsabilidad de auditores y de la entidad informante, resumen del trabajo realizado, conclusiones, firma y fecha.

[15] Los auditores de Philips emiten su informe de verificación de la información sobre sostenibilidad del informe anual con seguridad razonable desde 2013.

[16] NIA-ES 700 (revisada) “Formación de la Opinión y Emisión del Informe de Auditoría sobre los Estados Financieros”.

[17] La NIA-ES 700 establece que el auditor no es responsable de “expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la entidad” (ICAC, 2021, párr. 38 (b)). El Grupo de Trabajo de Control interno sobre la Información Financiera de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) recomendó que los auditores externos realizaran un informe de procedimientos limitados sobre el Sistema de control interno sobre la información financiera (SCIIF) que determinadas empresas en España tienen obligación de describir dentro del informe anual de gobierno corporativo (CNMV, 2013). Dada la importancia del SCIIF en la generación de información de calidad, consideramos, al igual que los encuestados, que los auditores deberían opinar sobre su eficacia en el informe de auditoría. De igual manera, deberían opinar sobre el Sistema de control interno sobre la información no financiera (SCIINF).

[18] NIA-ES 701 “Comunicación de las Cuestiones Claves de Auditoría en el Informe de Auditoría emitido por un Auditor Independiente”.

[19] El gap de expectativas se define como “la diferencia entre lo que los usuarios esperan del auditor y de la auditoría de estados financieros, y la realidad de lo que es una auditoría” (IAASB, 2011, p.7).

[20] Los enlaces de la bibliografía están comprobados el 27 de abril de 2022.

 

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